El lunes 13 de septiembre de 2021 se llevó a cabo la audiencia de apelación a la Acción de Protección en el caso de Esclavitud Moderna ocurrida en las haciendas y campamentos de la compañía Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador.
Los recursos de apelación fueron interpuestos por Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador, Ministerio de Trabajo y Ministerio de Inclusión Económica y Social. Por este motivo, los accionantes también presentamos un recurso de apelación parcial frente a la entencia de primera instancia para que declare al Ministerio de Gobierno también responsable por la violación de nuestros derechos humanos. La Corte Provincial decidió convocar a audiencia por pedido del Ministerio de Salud, entidad que sostuvo no haber sido notificada en primera instancia, esto a pesar de que la respectiva notificación fue formalmente realizada y forma parte del proceso.
Con este antecedente, la audiencia dio inicio a las 14h00 con la presencia de los accionantes acompañados de sus defensores, el representante legal de la compañía Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador y sus abogados, los representantes del Ministerio de Gobierno, Ministerio de Salud y Procuraduría General del Estado; no asistieron los representantes del Ministerio de Trabajo y Ministerio de Inclusión Económica y Social. También compareció el doctor Juan Montaña Pinto en calidad de Amicus Curiae, quien representó al Sistema de Investigación sobre la Problemática Agraria en el Ecuador (SIPAE), la Coordinadora Nacional Campesina Eloy Alfaro (CNC-EA), el movimiento de mujeres Luna Creciente y a otras organizaciones campesinas del Ecuado.
Durante la audiencia, las partes pudieron exponer las razones de su inconformidad con respecto a la sentencia de primera instancia. Los accionantes alegaron que este recurso se presentó debido a que consideramos que la Secretaría Nacional de Gestión de la Política, actualmente Ministerio de Gobierno, tuvo un rol preponderante durante el periodo entre marzo de 2018 a junio del año 2019, en el que tuvo conocimiento del caso, coordino acciones interinstitucionales, incluida las inspecciones simultáneas a campamentos y propició espacios de negociación que fueron revictimizantes para los trabajadores y que además beneficiaron a la empresa Furukawa, generando división entre el grupo de trabajadores y evitando alcanzar una reparación integral.
Por su parte, los argumentos de la empresa accionada se limitaron a señalar aspectos meramente formales, insistieron en negar los hechos y pretendieron minimizar las graves vulneraciones de derechos humanos a una reclamación civil o laboral, negando su responsabilidad en el caso, pese a las múltiples pruebas en su contra.
En cuanto a la intervención del Amicus Curiae, doctor Juan Montaña, enfatizó en la importancia de entregar tierras como medida efectiva de reparación para las personas sobrevivientes de la vulneración de derechos humanos y constitucionales que ocurrieron durante décadas en la compañía Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador, forma adecuada para poder cambiar la condición a la que han estado sometidos.
Las organizaciones que formamos parte del Comité de Solidaridad “Furukawa Nunca Más” esperamos que en los próximos días se emita la sentencia que ratifique y repare a las personas y familias afectadas por esta empresa, cumpliendo de esta manera con los principios de celeridad y eficacia de la justicia.
Es importarte recordar que este caso es observado por organizaciones nacionales e internacionales, y que es al mismo tiempo el primer caso que se judicializa en el Ecuador por servidumbre de la gleba, forma contemporánea de esclavitud.
Contexto:
El día viernes, 15 de enero del 2021, concluyó la audiencia de la Acción de Protección propuesta por 123 personas, hombres y mujeres, abacaleras en contra de la empresa Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador y el Estado ecuatoriano. Después de tres días de audiencia, el Juez Constitucional de Santo Domingo, Carlos Vera Cedeño, con base en los testimonios escuchados en la audiencia, la prueba documental y pericial, declaró la existencia de ‘servidumbre de la gleba’, reconocida por el Sistema de Naciones Unidas como una forma contemporánea de esclavitud, así como la violación a varios derechos humanos entre ellos los derechos a la vida digna, salud, libertad personal, igualdad material y no discriminación. Las sentencia escrita fue notificada el 19 de abril de 2021.
CONTACTO DE PRENSA
Comunicación Comité Solidaridad Furukawa Nunca Más +593 99 311 384
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